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En el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el portal del SAT previo a su cita

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente informó que a partir de octubre simplificó los trámites del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y firma electrónica (e.firma).

Además, indicó que otorgó facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y agilizará la obtención de la Constancia de Situación Fiscal (CSF).

Trámites del RFC y e.firma

A través de un comunicado, el SAT explicó que en el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el portal del SAT previo a su cita.

Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, sólo se requiere presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, y ya no es necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.

Para la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el trámite por los canales remotos y, en caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella digital.

Constancia de Situación Fiscal (CSF)

La CSF se puede obtener en las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.

Se habilitó la Cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, la cual se puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Los contribuyentes que tributan en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y sólo tienen que presentar pagos mensuales.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

Con estas acciones, el SAT busca agilizar los trámites y dar la mejor atención a los contribuyentes de manera presencial y remota.

 

 


 

FUENTE: El contribuyente

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