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Los contadores dijeron que algunas personas físicas denunciaron que su declaración anual ante el SAT fue presentada por otros contribuyentes.

La presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Laura Grajeda, alertó que algunas personas físicas encontraron Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina a su nombre, cuando no reciben ingresos por sueldos y salarios.

Además, denunciaron casos de contribuyentes que su declaración anual ante el SAT del ejercicio 2022 fue presentada por otras personas. Grajeda indicó que ya dieron a conocer estos casos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y se está investigando lo sucedido. No especificó cuántos casos se detectaron.

 

 

En este sentido, la presidenta del IMCP recordó que las declaraciones vienen precargadas y hay información de contribuyentes que percibieron sueldos y salarios, pero que no reconocen que tienen una relación laboral porque sus ingresos derivan de otra fuente y no a través de sueldos y salarios.

En cuanto a la devolución automática de saldos a favor en la declaración anual de este año, Grajeda informó que se están realizando en un promedio de una semana a 10 días.

Pidió a los contribuyentes que revisen el estatus de su devolución y explicó que si aparece como “en proceso de pago”, significa que ya está aprobada por el fisco, pero aún no se ha realizado el depósito al contribuyente.

Si aparece como “revisión”, es porque el fisco sigue analizando la declaración presentada. Si aparece como “rechazada”, indica que se detectó alguna inconsistencia, por lo que el contribuyente deberá presentar una aclaración.

Grajeda recordó que el SAT tiene hasta el 31 de julio para realizar las devoluciones automáticas de saldos a favor y que las personas que estén obligadas a presentar su declaración anual y no lo hagan, pueden recibir una multa de mil 810 pesos y de hasta 44 mil 790 pesos cuando el SAT se la pidió a un contribuyente y éste hizo caso omiso.

Finalmente, añadió que este año, los contribuyentes tendrán hasta el 2 de mayo para presentar su declaración anual, ya que el 30 de abril -que es la fecha límite para este trámite- será un día inhábil.

 


 

FUENTE: El Contribuyente

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